Los magistrados que integran la Sala Superior del Tribunal, en sentencia aprobada la noche del viernes 31 de agosto, revocaron la multa porque, dicen, la investigación no fue “exhaustiva” y porque no se cumplió con la garantía de audiencia de los miembros del fideicomiso.
Los magistrados del TRIFE estiman que “no existe nexo causal” entre Morena y el beneficio que pudo haber recibido con la distribución de ese dinero, “era necesario demostrar un beneficio político-electoral al instituto político”, indican.
Aquí la resolución completa del Recurso de Apelación SUP-RAP-209/2018 y Acumulado SUP-RAP-215/2018.
Recurrente: Morena y otros.
Autoridad responsable: Consejo General del Instituto Nacional Electoral
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