Si bien el trámite de la apostilla es muy sencillo, es común que por prisa y desconocimiento surjan ganas de saltarse este requisito al presentar documentos extranjeros en un procedimiento o medio de defensa, arriesgando terriblemente el triunfo.
Pero, ¿qué es una apostilla?
Es la certificación que hace un gobierno de la autenticidad de la firma y calidad en que el signatario del documento haya actuado, y en su caso la identidad del sello que ostente. Surgió como una facilidad administrativa en el Convenio de la Haya del 05 de octubre de 1961, suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros y sustituyéndola por la apostilla.
¿Cuáles son las consecuencias de no presentarla?
Para que un documento público extranjero tenga valor probatorio y se considere que lo plasmado en él es real y fue expedido por un funcionario público, este debe acompañarse con la apostilla respectiva; las consecuencias de no presentarla dependerán del alcance especificó del documento, en algunos casos con resultados funestos como el sobreseimiento por no acreditar el interés en el juicio. Tramitar una apostilla es más fácil, rápido y efectivo que un Amparo en Revisión, jamás arriesgues el triunfo.
Ejemplo. Una aeronave norteamericana aterriza en México con la matrícula vencida, la autoridad aduanera considera que no acredita su legal estancia en el país pues no cumple con la legislación de la materia, procede al embargo e inicia el procedimiento administrativo en materia aduanera. El propietario de la aeronave desea participar en el procedimiento, sin embargo él no aparece como obligado en el PAMA pues no fue a él a quien embargaron efectivamente sino al piloto por lo que debe probar plenamente que es el dueño. La legislación especial establece que acreditará que es el dueño con el Certificado de Registro que expide la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos de América, pero este documento de forma aislada no alcanza a acreditar la propiedad pues requiere adminicularse con la apostilla.
En el ejemplo, será la Secretaría de Estado de Estados Unidos de América a través de la Oficina de Asuntos Consultares quien expida la apostilla; si el documento fue expedido por una autoridad estatal, será la Secretaría que corresponda a través de la oficina que designe para ello. El trámite es tan sencillo cómo llenar una forma, pagar los derechos y solicitarla por correo, exígesela al cliente.
El uso de documentos extranjeros no se limita al comercio exterior, la necesidad de apoyarse en ellos surge en cualquier materia y la constante es jamás los presentes sin un apostilla y traducción al español.
Nota. El Estado mexicano, certifica la autenticidad de los documentos públicos expedidos por los funcionarios y notarios públicos para que estos tengan eficacia en el extranjero; el trámite es similar y depende también de quién haya expedido el documento.
One Comment
Luis Palacios Santamarina
Es interesante saber como es que se puede defender mas allá del país